Seguros de salud HNA
El Asegurador garantizará la gratuidad de las primas de esta póliza a los asegurados que se encuentren en alguno de los dos supuestos contemplados a continuación y por los periodos en ellos indicados:
1. Todos los asegurados, que habiendo estado asegurados durante todo el año natural inmediatamente anterior, tienen derecho a una mensualidad de prima gratuita, siempre que su siniestralidad en dicho año fuese inferior al quince por ciento de las primas por él abonadas durante ese año.
A estos efectos, el cómputo de la siniestralidad de ese año natural completo se efectuará el 30 de junio del año siguiente, no girándose el recibo correspondiente al mes de agosto a todos los asegurados que cumplan la condición establecida en este apartado. El Asegurador informaría de la gratuidad de esa prima a los asegurados con derecho a ella, durante el mes de julio.
2. Todos los asegurados, que habiendo estado asegurados durante todo el año natural inmediatamente anterior, tienen derecho a una mensualidad de prima, con un máximo de seis mensualidades al año, por cada 30 días naturales de baja por Incapacidad Laboral o Profesional Transitoria.
A estos efectos, el asegurado aportará al Asegurador la documentación acreditativa de dicha baja, que consistirá en los partes de baja emitidos por la Seguridad Social. Aquellos asegurados que por la naturaleza de su actividad profesional o laboral (cuenta propia), no contasen con dicho documento, bastaría con aportar Informe Médico emitido por el facultativo que le atienda.
En el supuesto de que el asegurado presentase toda la documentación necesaria durante los quince primeros días del mes, el recibo mensual gratuito, en su caso, sería el del mes siguiente. Si, por el contrario, se presentase en los últimos quince días del mes, el recibo mensual gratuito sería el correspondiente a dos meses después.
No tendrán derecho a esta liberación del pago de prima los asegurados cuya baja laboral o profesional sea debida a:
- Embarazo o parto
- Patologías psiquiátricas
- Patologías del dolor
En todo caso, el Asegurador valorará para su concesión todas las circunstancias relativas a la baja comunicada, pudiendo solicitar al asegurado cuanta información adicional precise.
