Seguros de Hogar

Seguros de hogar para inquilinos


Aunque el sueño de la vivienda propia está muy arraigado entre los españoles, cada vez es más frecuente residir en una vivienda de alquiler. Según el informe Los españoles y su relación con la vivienda. En el año 2015 casi un 25% de la población vivía en casas alquiladas ¡y en aumento! Esta es una tendencia global, que responde a los cambios en el estilo de vida y trabajo de las nuevas generaciones. Otro factor a tener son las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos según el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entre otros cambios, extiende la duración de los contratos.

Qué deben asegurar los inquilinos

Si bien los seguros de hogar no son obligatorios, excepto en el caso de créditos hipotecarios aunque sólo es exigible un seguro contra incendio, es habitual la contratación de seguros de hogar que cubren básicamente tres aspectos: continente (la estructura de la vivienda e instalaciones), contenido (mobiliario, electrodomésticos, otros bienes de valor dentro de la vivienda) y responsabilidad civil por los daños que pudieran causarse a terceros.

Pareciera que los inquilinos no tienen motivos para contratar un seguro de hogar, ya que según la legislación vigente las reparaciones y conservación de la vivienda en condiciones de habitabilidad son obligación del propietario.

Sin embargo, la perspectiva de residir cinco o más años en la vivienda alquilada implica riesgos y necesidades que justifican la contratación de un seguro de hogar para inquilinos.

Estos seguros estarán referidos al contenido (el mobiliario, si es propio, y los bienes que se encuentren dentro del hogar) pero también puede suceder que, tras residir varios años en la misma vivienda, al entregarla pueda tener daños o desperfectos como consecuencia del uso; en este caso, incluir en la póliza del seguro de hogar la responsabilidad civil locativa puede ser adecuado.

Qué cobertura ofrecen estos seguros

La garantía sobre el contenido protege los bienes propios del inquilino en el caso de contingencias previstas en la póliza como incendio, robo o inundación entre otros. También pude cubrir desperfectos y daños causados por sus bienes.

El seguro de responsabilidad civil locativa por su parte, cubre los desperfectos y daños causados por el uso normal de la vivienda, ya que es obligación del inquilino mantenerla en las condiciones en que la recibió. En este sentido, no sólo están a su cargo los gastos derivados del uso cotidiano sino que, al momento de entregar la vivienda, pueden surgir gastos de pintura, trabajos de albañilería, carpintería y otros. Este tipo de seguros no es muy conocido; más habitual en el mundo empresario, actualmente algunas compañías de seguros están comenzando a incluirlo en sus pólizas para particulares.

También existen los seguros específicos para inquilinos, que incluyen varios adicionales además de los tradicionales seguros de hogar.

Por ejemplo Caser Seguros ofrece el producto Inquilinamente que ofrece además de la protección básica que debes tener como inquilino (cobertura en caso de incendio, explosiones, rayos, fenómenos atmosféricos, inundación, vandalismo, daños por humo y hollín, daños eléctricos, etc.), coberturas adicionales como defensa jurídica, ayuda por traslado legal obligado y extensión del seguro aunque cambies de vivienda de alquiler.

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