Porque su jubilación es algo muy importante, usted merece vivirla sin preocupaciones. Nuestros Fondos de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados le proporcionan la opción ideal para conseguirlo de la forma más adecuada.
Planes de Pensiones
Los Planes de Pensiones constituyen el producto que puede ofrecer a las personas con rentas medias-altas o altas una rentabilidad alta con desgravación fiscal de las aportaciones.
Planes de Previsión Asegurados (PPA'S)
invierta con garantía, invierta en el producto que le ofrece un interés garantizado para toda la duración de su seguro.
Planes de Jubilación
La mejor opción para cualquier persona que quiera asegurarse su jubilación complementando las prestaciones futuras de la Seguridad Social, y garantizando un capital al vencimiento del contrato.
Planes de Pensiones
Importe de las aportaciones
Las aportaciones pueden realizarse de forma periódica o extraordinaria. Si es periódica, la aportación mínima ha de ser de 60,10 Euros mensuales. El total de aportaciones realizadas al Plan de Pensiones tiene un límite máximo de 10.000 Euros si usted tiene menos de 50 años, si tiene más edad, la aportación máxima anual a realizar es de 12.500 Euros.
Cómo y cuándo puede cobrar
La cuantificación se determinará una vez produzca la contingencia, que puede ser:
- Jubilación o situación asimilada: El partícipe percibe el importe de los Derechos Consolidados acreditados en ese momento.
- Fallecimiento: Los beneficiarios perciben los Derechos Consolidados acreditados en la fecha de fallecimiento del partícipe.
- Invalidez para la profesión habitual o para cualquier profesión: En cualquier caso el partícipe percibe el importe de los Derechos Consolidados acreditados en ese momento.
- El Reglamento del Plan también contempla los supuestos de liquidez de los derechos Consolidados en caso de Enfermedad Grave o desempleo de larga Duración.
Planes de Previsión Asegurados
Garantía de contratación obligatoria que le garantiza la percepción de un capital a la Jubilación más la Participación en Beneficios acumulada a dicha fecha.
En caso de fallecimiento previo a la jubilación
Usted debe contratar una de las siguientes coberturas:
- Percepción del Valor Acumulado a la fecha de fallecimiento
- Percepción del 110% del Valor Acumulado a la fecha
- Percepción del Valor Acumulado previsto al vencimiento
- Percepción del Valor Acumulado más un capital adicional establecido en póliza
En todos los supuestos se le añade la Participación en Beneficios acumulada a la fecha.
Planes de Jubilación
Garantía de suscripción obligatoria que le garantiza la percepción de un capital al vencimiento del contrato en caso de vida del asegurado
En caso de fallecimiento
Usted puede contratar opcionalmente las siguientes coberturas:
- Reembolso de las primas pagadas en caso de fallecimiento:
Los beneficiarios designados recobrarán la totalidad de las primas pagadas hasta el fallecimiento del asegurado, más el saldo de Participación en Beneficios acumulado hasta ese momento.
- Reembolso de las primas pagadas y previstas en caso de fallecimiento:
Los beneficiarios designados recobrarán la totalidad de las primas pagadas hasta el fallecimiento del asegurado, y además el resto de primas futuras previstas hasta el vencimiento del contrato, más el saldo de Participación en Beneficios acumulado hasta ese momento.
Aportaciones
Límite de 10.000 Euros anuales (12.500 para contribuyentes con 50 años o más) para aportaciones a sistemas de Previsión Social:
- Planes de Pensiones, Mutualidades de previsión social, PPA.
- Planes de previsión social empresarial (de nueva creación).
- Seguros que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia (de nueva creación).
Reducción fiscal: el menor de:
- 10.000 Euros anuales para contribuyentes menores de 50 años y 12.500 Euros para contribuyentes con más de 50 años.
- 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas (50 % para contribuyentes de más de 50 años).
El límite se conjunta con las contribuciones empresariales. Se mantiene la reducción por aportaciones a favor del cónyuge (2.000 Euros anuales).
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al Plan de Pensiones, hasta el momento del cobro de la prestación por jubilación.
Posibilidad de realizar aportaciones para la nueva contingencia de dependencia severa o gran dependencia.
Personas con Discapacidad:
- Aportaciones de familiares a favor de personas con discapacidad 10.000 Euros (independientemente de su límite personal).
- Aportaciones de la persona con discapacidad a su Plan 24.250 Euros.
- Límite máximo de 24.250 Euros de aportación de familiares y del propio minusválido.
Prestaciones
- Reducción del 40 % de las prestaciones en forma de capital correspondientes
a las aportaciones satisfechas antes de 2007.
- Se suprime la reducción del 40 % para las prestaciones en forma de capital correspondientes a aportaciones de 2007 y posteriores. Las prestaciones se podrán percibir en forma de capital, renta temporal, renta vitalicia o mixta (combinación de capital + renta temporal).
Se permitirá el traspaso sin coste fiscal entre Planes de Pensiones y Planes de Previsión Asegurados (PPA).